Contrato indefinido: periodo de prueba, jornada y salario
El contrato indefinido es el ordinario en España desde la reforma de 2021: la contratación temporal exige una causa concreta y limitada. Lo que el contrato individual no puede hacer es empeorar lo que fija el convenio colectivo aplicable.
Por eso el primer paso no es redactar el contrato, sino identificar el convenio: de él dependen salario, jornada, categorías y muchas veces el periodo de prueba.
Periodo de prueba y jornada
El periodo de prueba es el que fije el convenio y, en su defecto, no puede exceder de seis meses para técnicos titulados ni de dos meses para el resto — tres meses en empresas de menos de veinticinco trabajadores (art. 14 ET). Debe pactarse por escrito; si no consta, no existe.
La jornada ordinaria máxima es de cuarenta horas semanales de promedio anual, con los descansos del art. 34 ET. La empresa debe llevar registro diario de jornada, y su ausencia es una infracción independiente de las horas realmente trabajadas.
Las horas extraordinarias tienen límite anual y se compensan con descanso o retribución según el convenio.
- 1.Determinar el convenio colectivo aplicable por actividad y ámbito territorial.
- 2.Fijar categoría, funciones, centro de trabajo y fecha de inicio.
- 3.Pactar por escrito el periodo de prueba dentro de los límites legales.
- 4.Establecer jornada, horario, salario y complementos conforme al convenio.
- 5.Informar de vacaciones, preavisos y protección de datos.
- 6.Comunicar el contrato al SEPE y entregar copia básica a la representación legal.
Salario, pagas y vacaciones
El salario no puede ser inferior al mínimo interprofesional vigente ni al que fije el convenio para la categoría. Las pagas extraordinarias son al menos dos al año, prorrateables si el convenio lo permite.
Las vacaciones son de treinta días naturales al año como mínimo y no pueden sustituirse por dinero mientras el contrato esté vigente.
Extinción y preavisos
El trabajador que dimite debe preavisar con el plazo del convenio, habitualmente quince días. El incumplimiento permite a la empresa descontar del finiquito el importe correspondiente.
El despido exige carta escrita con hechos y fecha. Un despido sin causa acreditada es improcedente, con la indemnización legal correspondiente, y la acción del trabajador caduca a los veinte días hábiles.
Key takeaways
- ✓ El convenio colectivo manda: el contrato individual no puede empeorarlo.
- ✓ El periodo de prueba solo existe si se pacta por escrito y dentro de los límites del art. 14 ET.
- ✓ Registro diario de jornada obligatorio, con independencia del horario pactado.
- ✓ Salario nunca inferior al SMI ni al del convenio; vacaciones no compensables en dinero.
- ✓ Dimisión con el preaviso del convenio; el despido, siempre por escrito y motivado.
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